Las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión quedó publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la tarde del viernes; por lo que a partir de este sábado se deberá crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obligará la entrega de datos biométricos para poder tener acceso a la comunicación celular.
Por lo que ahora se deberá instalar, operar, regular y mantener dicho Registro Público de Telecomunicaciones, así como procurar su buen funcionamiento y el intercambio de información con las autoridades competentes.
¿Qué es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, es una base de datos con información de las personas físicas o morales titulares de cada línea telefónica móvil que cuenten con número del Plan Técnico Fundamental de Numeración. El objetivo de su creación, de acuerdo con el documento, es el de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos (extorsión, fraude, etc.) que se cometen a través del celular.

Que datos solicitarán los registros de telecomunicaciones
El nuevo Padrón Nacional obligará a todos los usuarios de teléfonos a entregar información precisa al momento de registrarse:
- Número de línea telefónica
- Fecha y hora de la activación de la SIM
- Nombre completo o en su caso, denominación o razón social del usuario
- Nacionalidad
- Número de identificación oficial o Curp
- Datos Biométricos del usuario
- Domicilio del usuario
- Datos del concesionario de telecomunicaciones o de los autorizados
- Esquema de contratación de la línea telefónica (plan o prepago)
Asimismo, se ha mencionado que podrán solicitar el registro de huellas dactilares a todos los usuarios; todos estos datos a partir de ahora serán de carácter obligatorio para el usuario al registrar una línea telefónica; es decir, los datos deberán de ser entregados al momento de registrarse o de abrir una nueva línea telefónica; en el caso de los usuarios que ya cuentan con una línea, se planea que los mismos proveedores de la línea registren a sus usuarios en un plazo máximo de 2 años.
Si no se cumple la Ley de Telecomunicaciones, habrá sanciones
De acuerdo con el documento DOF, los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados no cumplan con los lineamientos del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, serán sancionados con los siguientes:
- Aquellas personas que excedan los plazos previstos se les impondrá una multa de entre 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
- Quienes no registren el número o las modificaciones recibirán una multa de entre 500 a mil UMA.
- Hacer uso indebido de las constancias: de 2 mil a 4 mil UMA.
- Alterar, omitir o permitir registros de forma ilícita y registrar datos falsos de 10 mil a 15 mil UMA.
- Hacer uso de la información, documentos o comprobantes para obtener lucro de dos a tres veces el lucro indebido.
Dichas sanciones se hará considerando las circunstancias en que se cometió la infracción.
Cabe recordar que el Senado de la República con 56 votos a favor, 52 en contra y 7 abstenciones aprobó el pasado martes la minuta mediante la cual se crea un padrón con los datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares.
